El señuelo de la retroactividad
La mayoría oficialista en el Senado aprobó la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo añadiéndole un primer artículo transitorio aviesamente inconstitucional para que la nueva norma se aplique con retroactividad.
Es tan burda la maniobra que apesta a distractor para que la atención pública, mediática y política no repare en las demás aberraciones contrarias a la Constitución de la propuesta y ésta se apruebe lo más desapercibida posible.
Sobrevendrá, pues, la demolición del derecho individual y social al amparo de la justicia federal, impidiendo que los jueces dicten la Suspensión Provisional de actos arbitrarios de la autoridad merced a una maligna Ley Inconstitucional.
Casi nadie discute ya la restricción a la Suspensión Provisional en sus alcances –sobre todo en casos fiscales, ambientales y financieros. Tampoco de la pretendida Improcedencia del Amparo cuanto hay “Interés Legítimo”, inspirada en obstáculos legales como los que tuvo López Obrador desde que fue Jefe del Gobierno capitalino, motivados por acciones ilegítimas en materia de obra pública (como la que lo llevó al desafuero).
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