La resurrección del decretazo
El 16 de abril se publicaron en el Diario Oficial de la Federación dos nuevas leyes determinantes para el buen uso y destino del dinero público. Se trata de la nueva Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público que regula las compras del sector público y la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados que establece los procesos para gestionar y supervisar las obras del gobierno.
La nueva ley de adquisiciones sustituye el marco normativo que existía desde el año 2000 con conocidas limitantes en materia de transparencia, integridad y competitividad. En la nueva ley se adoptan políticas, bases y lineamientos que guiarán los procedimientos de compra y que estarán a cargo de la Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno. Se establece la obligación de realizar estudios de mercado, se adoptan nuevos criterios para evaluar los precios no aceptables (monto ofertado que exceda el presupuesto autorizado y monto superior a la media de investigación de mercado) y los precios no convenientes (oferta inferior en 40 por ciento a la media de investigación de mercado). Se crea una Tienda Digital como mecanismo para adquirir bienes y servicios y se adopta la figura de testigos sociales en la revisión de todos los contratos y denuncias de irregularidades. También se incluye la existencia de un Comité de Contrataciones Estratégicas que habrá de elaborar la lista de bienes o servicios susceptibles de ser adquiridos en forma consolidada vía la Secretaría de Hacienda y que habrá de ser pública. Hasta ahí todo pareciera positivo.
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