Señorío Tlaxcalteca… El intento fallido de Lorena por extinguir el
La incompetencia fue del tribunal
Siendo ambos tribunales constitucionales, en el Electoral del Poder Judicial de la Federación y la Suprema Corte de Justicia de la Nación aplica por fortuna el principio que priva en el servicio urbano de pasajeros: por semejantes que parezcan, hasta en los microbuses hay rutas.
La responsabilidad de la Corte abarca toda la Constitución, incluidas las acciones de inconstitucionalidad y la contradicción de criterios en materia electoral.
De ahí que la titular de la Corte presida también el Consejo de la Judicatura Federal y encabece, en su integridad, el Poder Judicial de la Federación (del que el Tribunal es una parte).
Por eso a la mayoría de los ministros que sesionaron ayer les tocó resolver el conflicto competencial que provocaron tres de los cinco magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, aprobando el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena para refrendar el criterio de la inviolabilidad del amparo que conceden los jueces de Distrito y que se pueden combatir únicamente en el terreno judicial de los Tribunales Colegiados y la Suprema Corte de Justicia.
La column completa, aquí: